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Proceso con Asociados Fallecidos (Beneficiario temporal)

Procesos a aplicar cuando se da a conocer el fallecimiento de un asociado fallecido

En el caso de cada empadronamiento temporal de cuentas para personas fallecidas, deberán remitir igualmente a Bryan Salazar el formulario completo, la constancia bancaria, la cédula de identidad y la personería jurídica, cuando aplique. Además, deberán adjuntar el RUT (Registro Único Tributario), mediante el cual se verifica la inscripción de la persona en Tributación. No se aceptarán capturas de pantalla de «Consulta ATV», ya que esa pantalla no indica el lugar de inscripción —provincia, cantón, distrito y barrio—, información necesaria para incorporarla al SIAG, específicamente en el espacio «Beneficiario Temporal».

El empadronamiento podrá procesarse únicamente después de verificar la inscripción en Tributación del beneficiario o de la persona indicada en el formulario y de contar el visto bueno de Estefanía Blanco. 

Al momento de darnos por enterados del fallecimiento de un asociado se debe proceder atendiendo el siguiente proceso:

  1. Notificar a Requisición al Pago sobre el fallecido, para que puedan detener la facturación y pagos al fallecido (caso contrario hacienda rechazará las facturas y los pagos en banco quedarán bloqueados)
  2. Se debe inactivar el check de facturación (proceso que realiza el gestor de atención al asociado) para que a nivel de planillas se detengan las facturas y se pongan en pausa los pagos hasta que dicha información sea brindada por el beneficiario temporal definido
  3. Mediante una sesión presencial/virtual dar a conocer a los beneficiarios, que para efecto de pagos, es necesario definir 1 beneficiario temporal quien deberá inscribirse en hacienda en la actividad 0141.2 - Cría de ganado bovino ( vacuno) para producción de leche cruda y que es necesario que puedan completar el formulario de empadronamiento de cuentas temporales a la brevedad posible, ya que el pago dependerá del cumplimiento de estos requisitos
  4. Una vez recibidos los documentos en primer lugar se debe proceder en orden cronológico de la siguiente manera:
    1. Incluir el beneficiario temporal
      En la opción de mantenimiento buscar al asociado> Clic en fincas>
      Dar clic en Bene Temp> Agregar nuevo beneficiario
      Se debe incluir la información tal como aparece en la constancia de TribuCR que nos fue suministrada

      Una vez incluida la información del beneficiario temporal, se debe proceder con la activación nuevamente del check para que puedan comenzar a emitir las facturas a nombre del nuevo beneficiario
    2. Incluir el empadronamiento de cuentas mediante el proceso habitual donde deberá ya de quedar a nombre del beneficiario correspondiente y dar el seguimiento correspondiente
  5. Notificar a las compañeras de Requisición que ya se cuenta con la información del beneficiario temporal y que las cuentas fueron modificadas a nivel de DM, con esto ellas procederán a facturar los pagos pendientes y emitir los pagos respectivos.
Actualizado: 26/10/2026